martes, 14 de febrero de 2012

Análisis: Amenazas y riesgos de la anulación de la Ley 180 del Isiboro Sécure

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En el país aún se debate el conflicto entre la defensa del parque TIPNIS y los intentos de vulneración constitucional para emprender un proyecto carretero criticado por irregularidades y daños ecológicos. Al respecto, Iván Bascopé (IB), abogado constitucionalista y responsable del Centro de estudios Jurídicos e Investigación Social (CEJIS) Regional La Paz, explica estas particularidades en una entrevista concedida a La Gaceta Jurídica de La Razón. Esta es la nota:

-P.- Qué antecedentes se puede nombrar para la movilización del TIPNIS?
-IB.- Ante los anuncios de la construcción de la Carretera Villa Tunari-San Ignacio de Moxos por el medio del Territorio y Parque Nacional Isoboro Sécure (TIPNIS), emitidos en el Congreso de las Federaciones del Trópico, en junio de 2011, por parte del presidente del Estado Plurinacional, Juan Evo Morales, se definió el posicionamiento político de las organizaciones y comunidades del TIPNIS de no aceptar las condiciones de este megaproyecto.
Primero, en el Encuentro de Corregidores del TIPNIS, encabezado por su organización regional la Coordinadora de Pueblos Étnicos y Mojeños de Beni (CPEM-B), como también en la III y IV Comisión Nacional de la Confederación de Pueblos Indígenas de Bolivia (CIDOB) en junio y julio del 2011, respectivamente, espacios en los que, además de respaldar esta definición política, determinaron declarar estado de emergencia en los pueblos indígenas de Oriente, Chaco y Amazonía y llevar adelante una movilización nacional con la realización de la “VIII Gran Marcha Indígena: Por la Defensa del Territorio Indígena Parque Nacional Isiboro Sécure (TIPNIS), por los Territorios, la Vida, Dignidad y los Derechos de los Pueblos Indígenas del Oriente, Chaco y Amazonia Boliviana”, ésta comenzó el 15 de agosto del año pasado desde la ciudad de La Santísima Trinidad y llega a la sede de gobierno el 19 de octubre.
Esta definición orgánica involucró consultas a los Cabildos, Asambleas, Capitanías, Centrales, Subcentrales de la diferentes regionales de la CIDOB.
La marcha fue una medida de defensa que aglutinó a los 34 pueblos indígenas, conformados en 13 regional de CIDOB, en la defensa de todos los territorios indígenas, los derechos colectivos, los recursos naturales y la libre determinación. A este hecho se sumó el Consejo de Ayllus y Markas del Qullasuyu (CONAMAQ) que de a poco se articuló a la marcha y a la lucha con sus markas y ayllus.
Esta organización mantuvo una alianza natural y estratégica con los pueblos de tierras bajas hasta el final de las negociaciones con el gobierno y, consiguientemente, ahora frente a las amenazas lanzadas por sectores de los denominados “interculturales” del Movimiento al Socialismo (MAS y del mismo gobierno para anular la Ley Nº 180 de 24 de octubre de 2011 (de Protección del TIPNIS), promulgada como producto de las negociaciones.

-P.- Recordemos, ¿cuál fue la demanda concreta que persiguió la VIII Marcha Indígena?
-IB.- La VIII Gran Marcha Indígena ratificó el apoyo a la defensa del territorio del TIPNIS, fundamentado en el derecho de la propiedad colectiva titulada y la propiedad ancestral sobre el territorio, ambas reconocidas en la Constitución Política del Estado (CPE), en sus artículos 2, 290, 393 y 394; así como lo expresado en la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas en sus artículos 8.b, 10, 25, 26 y 30 y en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en sus artículos 13, 14, 16, 17, 18 y 19; rechazando la construcción del tramo ii de la carretera Villa Tunari-San Ignacio de Moxos, que atravesaría uno de los primeros territorios indígenas reconocidos por el Estado boliviano.
El TIPNIS fue creado como Parque Nacional mediante Decreto Supremo Nº 7401 de 22 de noviembre de 1965; posteriormente, como resultado de la Marcha Indígena por el Territorio y la Dignidad (1990), a través de Decreto Supremo Nº 22610 de 24 de septiembre de 1990, fue declarado Territorio Indígena de los pueblos Mojeño-Trinitario, Yuracaré y Chimán.
Como resultado de la segunda marcha indígena (1996), en 1997 fue titulado a favor de la misma organización indígena (Sub-Central TIPNIS) mediante Título de propiedad TCO-NAL-000002, sujeto a posterior proceso de saneamiento. Cuenta con una superficie de 1.236.296 has. Se ubica entre los departamentos de Beni, provincias Moxos, municipios de San Ignacio de Moxos y Loreto, y de Cochabamba, provincia Chapare, municipios Villa Tunari y Morochata (datos del Programa Piloto de Saneamiento de Propiedades Agrarias y Catastro Rural en Áreas Protegidas Priorizadas, 2008-2010).

-P.- ¿Cuáles fueron los puntos de demanda que articulaban a los pueblos indígenas en la VIII Marcha?
-IB.- Los puntos centrales de la demanda del TIPNIS en la marcha fueron el rechazo a la construcción de la carretera Villa Tunari-San Ignacio de Mojos, que afecta a los territorios TIPNIS, TIM y TIM-I. La paralización inmediata del estudio socio-ambiental y cualquier otro estudio o actividad para la construcción de la carretera, así como la paralización de las obras y actividades de construcción de la carretera, retiro de maquinaria, campamentos y personal que se encuentra para la construcción. Y la abrogación y anulación de las leyes, normas y decretos sobre esta construcción, especialmente los referidos a su financiamiento y gestión.

-P.- ¿Cuáles fueron las observaciones al proyecto de la carretera en la marcha?
-IB.- En cuanto a la ficha ambiental y el Estudio Ambiental Estratégico (EAE) se observó al proyecto porque no se realizó la ficha ambiental de forma regular, es decir, posterior a la realización de un proceso de consulta previa y, con esto, la obtención de resultados insertos en el EAE por parte de las partes intervinientes, el Estado, a través de una autoridad competente, y los pueblos indígenas afectados.
Respecto al contrato y la contratación de la compañía OAS, la licitación pública solo se realizó con una empresa, misma que se adjudicó el proyecto de forma irregular. En cuanto al costo para ejecución de este proyecto se observó que es muy alto por kilómetro con referencia a otros.
En cuanto a los tramos del proyecto, se observó que el gobierno ha dividido en tres tramos, situación por la que le ha sido más fácil recabar los requisitos para el préstamo de dinero con la República Federativa de Brasil. Asimismo, se observó en la marcha que el tramo que pretende ingresar por medio del TIPNIS, tramo II, no ha cumplido con los requisitos, por lo que le fue difícil al gobierno demostrar la legalidad del EAE.
En cuanto al tramo III, se evidenció que se afecta al TIM-I; sin embargo, no se respetó el derecho a la consulta a las comunidades de este territorio indígena y a su estructura orgánica.
Desde la marcha, y en reiteradas ocasiones, se solicitó todos estos documentos a los ministros y al Presidente, mismos que hasta la fecha no llegaron a la organización titular, como es la Sub-Central TIPNIS, mucho menos a la CPEM-B, ni a la CIDOB.

-P.- ¿Qué otras demandas de la marcha se relacionan con la defensa del TIPNIS?
-IB.- La demanda de protección del TIPNIS está relacionada a otras demandas que se plantearon en la VIII Gran Marcha Indígena. Algunas, a partir de la plataforma presentada, son que el Gobierno del Estado Plurinacional debe garantizar que los Territorios Indígenas sean respetados en la nueva legislación agraria. Se demanda la conclusión del saneamiento y titulación de todos los Territorios Indígenas (TCO) y los replanteos y compensaciones territoriales.
Por otra parte, se exige que se proceda al desalojo de todos los terceros ilegales en nuestros territorios hasta fin de año. Se demanda la inmediata reversión y expropiación de tierras y la dotación de las tierras fiscales a favor de los pueblos indígenas del lugar que no tienen tierra y los que las tienen insuficientemente atendiendo las demandas de los pueblos indígenas para consolidar los derechos territoriales de los pueblos indígenas.
También se pide la atención a las demandas territoriales de los pueblos indígenas en aislamiento voluntario o en contacto inicial, debiendo garantizarse los derechos de éstos según lo establecido por el artículo 31 de la CPE. Que se convoque a la CITCO para la planificación de continuidad y conclusión del saneamiento, los replanteos, compensaciones y desalojos, en dicha CITCO el INRA debe informar sobre el estado de ejecución del saneamiento. El Gobierno debe garantizar los recursos económicos suficientes para financiar la conclusión del saneamiento de nuestros territorios.
Se demanda el levantamiento de las trancas y cobros ilegales establecidas por los colonizadores, ganaderos, agropecuarios y privados que atentan contra los derechos de libre locomoción y tránsito de los pueblos indígenas. Se exige al gobierno que todos los anteproyectos de ley de interés de los pueblos indígenas, antes de ser presentados al Órgano Legislativo Plurinacional, deben ser consultados y elaborados en coordinación y consenso con las organizaciones representativas de los pueblos indígenas parte de la CIDOB. Además, el resultado sobre este tema debe ser parte de agenda conjunta de trabajo acordado entre CIDOB y gobierno.

-P.- ¿El gobierno tiene atribuciones para revertir esa protección constitucional al anular o abrogar la Ley 180?
-IB.- La Ley 180 de 24 de octubre de 2011 fue producto de una marcha indígena que duró 66 días y de una negociación directa con el Presidente del Estado y el gabinete ministerial. Si bien es una norma jurídica “corta” tiene alcances legales de protección y de vigencia permanente por estar acorde con la CPE.
Una modificación de esta ley abriría un debate que ha sido zanjado con el tratamiento legislativo que rescató la propuesta de ley de los diputados indígenas, instrumento que no se debatió junto al proyecto de ley del oficialismo, como debía haberse hecho conforme los procedimientos legislativos, siendo éste último el que primó y finalmente fue sancionado en la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) después de su aprobación en ambas cámaras. En ésta primaba la realización de la consulta, aunque extemporánea, para realizar la construcción de la carretera.

-P.- ¿Cuáles son los alcances y qué elementos caracterizan la protección del TIPNIS en la Ley 180?
-IB.- En el primer acuerdo del 22 de octubre se dispuso una inspección mixta en el TIPNIS, así como la elaboración inmediata de la reglamentación de la Ley 180.
La inspección mixta se hizo solo con Evo y sin la presencia de dirigentes indígenas, rompiendo el acuerdo de que ésta se debía realizar poniendo en práctica el Reglamento de la Ley 180, donde se incorporaron, producto del trabajo de los dirigentes indígenas, mecanismos para regular los asentamientos y ocupaciones ilegales en el TIPNIS.
La reglamentación se trabajó de forma conjunta con el Ejecutivo en algo más de un mes, desde el 25 de octubre de 2011, sentándose en un acta de 4 de diciembre de 2011 el compromiso político para su promulgación, misma que sigue pendiente.
No obstante, en la ley de protección del TIPNIS, se contempla los siguientes alcances y elementos: reconocimiento del territorio indígena como patrimonio natural y cultural. Zona de preservación ecológica. Zona intangible (externa). Zona de reproducción histórica y hábitat de los pueblos indígenas dueños del territorio.
También se prevé la doble condición de Territorio Indígena y Parque Nacional. Se garantiza la conservación, sostenibilidad e integridad de los sistemas de vida. Se contempla la relación con la Madre Tierra. Entre las prohibiciones están las carreteras y asentamientos humanos ilegales. Se ratifica al área protegida del parque como de interés nacional estratégico.
Se sustenta en los artículos 30-15 y 17 como derechos colectivos de los pueblos indígenas sobre su territorio; 385, que faculta y promueve la gestión compartida de un área protegida y territorio indígena; el 394 establece el reconocimiento del territorio indígena; el 403 reconoce el uso y aprovechamiento de los recursos naturales de forma exclusiva y zonificada, todos dentro del marco de la CPE.
El término de intangibilidad protege de los megaproyectos a los territorios indígenas, como el TIPNIS, pero no significa la prohibición del aprovechamiento y uso exclusivo y tradicional de los recursos naturales. Se acoge a los derechos reconocidos a nivel internacional, muy especialmente al Convenio 169 de la OIT y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, que en nuestro país tiene rango de ley.

*Entrevista tomada de La Gaceta Jurídica – La Razón, 07 de febrero de 2012
** Este es un servicio de la Plataforma de Política Energética, un espacio permanente, plural y abierto a todos, para compartir información, generar conocimiento y promover el debate público sobre los temas fundamentales del sector energético (www.plataformaenergetica.org)

“La ley de consulta es un chantaje a los pueblos indígenas del TIPNIS”

http://www.ftierra.org/ft/index.php?option=com_content&view=article&id=8626%3Arair&catid=164%3Afundacion-tierra-en-los-medios&Itemid=242&lang=es-ES

Apenas promulgada la ley de consulta a los habitantes del TIPNIS para ver si deciden o no construir la carretera, Página Siete conversó en un Desayuno de Trabajo con el director ejecutivo de la Fundación TIERRA, especializada en temas agrarios e indígenas, para conocer las implicaciones que tendrá esta nueva disposición.

Página Siete.- ¿La nueva ley de consulta implica algunos riesgos?

Sí. A todas luces es una ley que no es pertinente. Incumple todo lo que manda la Constitución sobre lo que debe ser una consulta previa, informada y de buena fe.

Es una ley que el Gobierno acepta a pedido de una facción del TIPNIS. El Conisur es una organización intermedia que está sobrepasando la voluntad de las comunidades de su territorio que se expresa a través de la subcentral del TIPNIS. Esta ley va a generar mayor conflicto por este territorio. Por ejemplo, las federaciones cocaleras del trópico se han ido extendiendo en busca de tierras para sembrar coca en el TIPNIS.

El Polígono 7, donde se asientan los integrantes del Conisur, representa unas 100 mil hectáreas de tierras que siguen siendo área protegida pero ya no Territorio Comunitario de Origen (TCO).

En este panorama, la ley está dándole el apoyo estatal a este sector (cocaleros) para que se haga la carretera, para que sea una vía de penetración de nuevos asentamientos.

Página Siete.- ¿Cómo y con quiénes debe realizarse la consulta?

La Constitución y los convenios que Bolivia ha ratificado, especialmente el Convenio 169 de las NNUU, dicen que la consulta se hace por normas y procedimientos propios de los pueblos indígenas y mediante instituciones de esos pueblos indígenas. En ese sentido, la institución contraparte con la que el Gobierno debe dialogar y hacer el proceso de consulta es la subcentral del TIPNIS, cuyo presidente es Fernando Vargas, que participó en la primera marcha (octava) pero no en esta última. Pero el Gobierno, en la ley aprobada, ni siquiera cita a esta institución.

En la ley se cita de manera general y ambigua que habrá una consulta a las comunidades que viven en el parque, que son chimanes, mojeño-trinitarios y yuracarés, sabiendo que varias de estas comunidades también viven en el Polígono 7, muchas de ellas ya convertidas en sindicatos de cocaleros; (en la consulta) podría darse cierta contaminación con fronteras muy difusas sobre quién tiene derecho a expresarse y a ser consultado. Y el Gobierno sabe que existe este posible conflicto.

La ley debió incluir una lista de comunidades reconocidas legalmente dentro del TIPNIS y eso está en los expedientes agrarios del INRA que ha hecho un censo agrario y de comunidades.

Página Siete.- Según la visión que usted expone, ¿la ley está o no en el marco constitucional?

Es inconstitucional, porque además el Gobierno está sobrepasando la voluntad de la principal organización, la subcentral del TIPNIS, voluntad que se tradujo en la ley 180 del año 2011, que prohíbe la carretera. Esa voluntad de que no se haga la carretera por el TIPNIS está siendo desconocida por el Gobierno que, además, se inmiscuye en la vida orgánica de las comunidades del TIPNIS al querer hacer consultas a organizaciones intermedias y de base sin consultar a la principal organización. Esto es anticonstitucional y viola la Convención 169.

Página Siete.- ¿Cuál es la posición de la Fundación TIERRA sobre hacer o no la carretera?

No tenemos una opinión sobre la construcción. El cuestionamiento que hacemos es que el Gobierno, si quiere proponer este proyecto, debe cumplir con ciertos protocolos que garanticen el respeto a los derechos de los pueblos indígenas, que es una ley marco de consulta.

Como no se hizo esto de principio, todo se ha distorsionado y se ha producido el conflicto.

Ahora, otra cosa grave es el objeto de la consulta, el término “intangibilidad”. Es decir, la restricción que el mismo Gobierno introdujo con este término, que fue planteado por los diputados indígenas en octubre pasado y luego sacado por el Parlamento. Pero cuando llegó a Palacio, el Presidente devolvió la ley para que se vuelva a incluir el término “intangibilidad”. En ese ir y venir lo que ha ocurrido es que el término “intangibilidad” -pensado como un escudo de protección del TIPNIS ante agresiones externas-, ha sido convertido por el Gobierno en una espada de sometimiento contra los propios indígenas, como un chantaje. La ley corta se convirtió en un chantaje a los pueblos indígenas del TIPNIS porque dice: “vamos a hacer la consulta para ver si sigue o no vigente la intangibilidad”.

Página Siete.- ¿Y dónde está el chantaje?

En este momento, este término está puesto como una barrera que restringe el uso de los recursos naturales a los indígenas y por otro lado restringe también la construcción de la carretera por el medio del TIPNIS. Así, el Gobierno consultará a los pueblos indígenas si quieren o no levantar el término de intangibilidad para que los indígenas puedan acceder al uso de sus recursos naturales, pero también para la carretera. Es un chantaje, es una pregunta mañuda.

La estrategia del Gobierno es utilizar el término intangibilidad para someter a los pueblos indígenas para que acepten la carretera. (') Los legisladores no conocen estos temas y las leyes, como la de la consulta, es de mala fe, tiene trampa, está hecha ambiguamente, casi maquiavélicamente con su término “intangibilidad” pero indirectamente planeada para que se acepte la carretera. Más o menos te dice, “¿quieres comer? Entonces acepta la carretera”.

Página Siete.- Hace unos días al Gobierno decía que al no haber comenzado la construcción la consulta es todavía previa, no posterior. ¿Cuál es su opinión?

El Convenio 169 y la declaración de las Naciones Unidas dice que la consulta debe ser previa, informada y, lo más importante, de buena fe. En el país se aprobó, mediante ley, el financiamiento de la carretera Villa Tunari-San Ignacio de Moxos; por lo tanto, se ha adoptado una decisión sobre un territorio indígena sin hacer la consulta. A todas luces la consulta que se hará ahora ya no es previa; incluso la CIDOB propuso que se anule el contrato con la OAS y se comience todo desde cero. Si todo esto se analiza en el marco de la neutralidad y transparencia, el Gobierno no podría demostrar que actuó de buena fe.

Página Siete.- ¿Cuál es su opinión sobre la política del Gobierno de respeto al medio ambiente?

Creo que el Gobierno ha abandonado muy rápidamente su discurso radical de defensa de la Madre Tierra. La llegada de la marcha a La Paz, la presencia de cientos de miles de personas que la apoyaron, le han dicho al Presidente, “usted no es el defensor de la Madre Tierra ni de los derechos indígenas”. Ahora el Gobierno ya no tiene ese discurso.

De hecho, el Gobierno ha aceptado el pedido de la CSUTCB de paralizar el proceso de saneamiento de las TCO para que ya no haya más pueblos indígenas reconocidos. Incluso ha apadrinado la propuesta de campesinos y colonizadores de revisar el derecho de propiedad de las TCO y redistribuir la tierra. Esto sin embargo, (lo contrario) está entre los acuerdos logrados tras la marcha contra el camino.

Página Siete.- ¿Cómo debería ser una ley marco de consulta en su criterio?

Bueno, hacerlo responde a la necesidad de buscar el ejercicio de la democracia comunitaria y de la democracia liberal. Es el intento de los países que tenemos pueblos indígenas de convivir entre la democracia comunitaria y la liberal, que está instalada en nuestro Estado por más que se llame plurinacional.

La consulta previa sería beneficiosa porque identificaría los impactos negativos de un megaproyecto y propondría medidas compensatorias para los pueblos indígenas. En otras latitudes se han dado casos en que el Gobierno ha desistido de seguir con un proyecto por los elevados costos sociales de compensación.

Por ahora en el país no es fácil llegar a esto, hay mucha desconfianza entre Estado y pueblos indígenas y, además, el Gobierno actual no es amigo de un Estado de Derecho; entonces, no se puede creer en las leyes y en su actuación. Con todo este deterioro debiéramos esperar antes de tener una ley marco. Este momento no es el adecuado. Necesitamos reconstruir las condiciones previas para establecer una legislación marco para procesos de consulta.
“El Conisur no debería ser tomado en cuenta para la consulta sobre el TIPNIS”
Los habitantes del Consejo Indígena del Sur (Conisur) representan fundamentalmente a colonizadores y comunidades indígenas que han transitado por la fuerza hacia comunidades campesinas; por lo tanto, pierden legitimidad de ser consultados sobre el camino, dijo a Página Siete Gonzalo Colque, director ejecutivo de la Fundación Tierra. “En nuestra opinión estas poblaciones no deberían ser consultadas”, sostuvo.

El Conisur agrupa a 14 comunidades que quedaron fuera del proceso de saneamiento de las TCO. No tienen continuidad territorial y están en medio del Polígono 7, que está fuera del parque, según la explicación.

“Cuando llegó el proceso de saneamiento, el INRA encontró que algunas comunidades se encontraban en medio de una zona colonizada y para reconocer al parque como TCO tenía que sacar al Polígono 7 y titular lo que restaba”, dijo Colque. Por lo tanto, el Conisur está fuera del parque y del territorio indígena.

Colque planteó que las comunidades del Conisur no son grandes, “se habla de 14 familias o más, aunque no lo sabemos con exactitud”, dijo. Con los años se ha producido su asimilación a las comunidades cocaleras y en otros casos se han convertido a sindicatos y comunidades campesinas, presionados y obligados por las organizaciones cocaleras del Chapare.

“Conocemos casos de comunidades indígenas que han sido acosadas; se les ha impedido el derecho de paso y los sindicatos les han obligado a afiliarse. Así se han convertido en comunidades campesinas”, expreso Colque.

Colque admitió que hay comunidades del Conisur que no fueron forzadas sino que por voluntad propia se afiliaron a sindicatos campesinos, sobre todo al ver el progreso de los grupos cocaleros. Por eso terminaron pidiendo autorización para tener un cato de coca.

El especialista señaló que existe información de que de las 14 comunidades del Conisur sólo queda una afiliada a la subcentral del TIPNIS, que es la comunidad Santísima Trinidad. “El resto ya ha migrado a la nueva figura de sindicato campesino, incluso lo han hecho legalmente al haber solicitado títulos como propietarios de una parcela individual, ya no propietarios colectivos. El INRA les reconoce derechos de propiedad familiar, ya no de TCO”, manifestó.

martes, 7 de febrero de 2012

Proyecto de Ley Consulta TIPNIS

Proyecto de Ley Consulta TIPNIS

viernes, 3 de febrero de 2012

Manifiesto en defensa del TIPNIS

Raúl Prada Alcoreza



http://horizontesnomadas.blogspot.com/2012/02/manifiesto-en-defensa-del-tipnis.html

Este es un llamado desde lo más profundo de nuestra indignación ante la desenmascarada demostración de despotismo ilustrado de parte del presidente del Congreso, quien ha decidido conformar una comisión de alto nivel para abrogar la ley corta y aprobar otra ley sobre el TIPNIS, violando nuevamente la Constitución, los derechos de las naciones y pueblos indígenas y originarios, los derechos de la madre tierra, los derechos del pueblo boliviano que se ha manifestado contundentemente y masivamente con el apoyo a la VIII marcha indígena.

El argumento de fuerza del presidente del Congreso es la presencia de los marchistas del CONISUR en el Coliseo Cerrado. Después de haber montado desde el gobierno una marcha oficialista de cocaleros, incluyendo a los indígenas yuracares que se convirtieron en propietarios privados, renunciando a la propiedad comunitaria, a la TCO del TIPNIS, afiliándose en consecuencia a las federaciones cocaleras. Los del CONISUR nada tienen que decidir sobre el Territorio y Parque Isiboro-Sécure, pues no forman parte de esta TCO; no pueden decidir sobre tierras de otros. Empero cuentan no solo con el apoyo del gobierno, sino también que son ficha del juego empedernido y peligroso del gobierno de imponer su voluntad, defendiendo los intereses de la empresas trasnacional de la construcción OAS, defendiendo los acuerdos con el Banco de Desarrollo de Brasil, defendiendo los convenios con el gobierno brasilero, en los que entra el IIRSA, además de defender los intereses pedestres de los avasalladores del territorio indígena y el parque, los cocaleros del polígono siete, que no es otra cosa que defender la ampliación de la frontera agrícola en beneficio del monocultivo de la hoja de coca, ya en condiciones excedentarias y vinculada a la economía política de la cocaína.
El presidente del Congreso quiere salirse con su capricho; nunca aceptó la derrota infringida por la VIII marcha indígena en defensa del TIPNIS. Estuvo completamente en contra de la aprobación de la ley corta y su reglamentación. Ahora quiere reivindicarse utilizando la marcha del CONISUR. Estos juegos de poder nos ponen otra vez al borde del abismo, ante una eminente confrontación. Obliga al pueblo boliviano que apoyó la marcha, a las organizaciones sociales que apoyaron la marcha en defensa del TIPNIS, y obviamente obliga a las organizaciones indígenas originarias, a movilizarse en defensa de la ley corta, de la Constitución, de los derechos de las naciones y pueblos indígenas originarios, consagrados en la carta magna, defensa de los derechos de la madre tierra y los derechos del pueblo boliviano a decidir sobre el futuro de la vida y la biodiversidad.

Hay momentos de exigencia y de disponibilidad de fuerzas, hay momentos de convocatoria general; este es uno de esos momentos. Debemos salvar el TIPNIS de su destrucción, de su depredación, de su avasallamiento; debemos apoyar a las naciones y pueblos indígenas en su lucha descolonizadora contra el modelo extractivista colonial del capitalismo dependiente, contra el modelo depredador de la ampliación de la frontera agrícola para el mercado lícito e ilícito, contra el modelo de la corrupción que ya ha formado su telaraña de corrosión en el país. Estos intereses mezquinos no pueden doblegar la voluntad del pueblo boliviano. No podemos convertirnos en objeto de despojamiento de las lógicas de acumulación de capital. No podemos dejar que un gobierno al servicio de las empresas trasnacionales nos arranque la libertad conquistada, la Constitución lograda, los derechos ampliados y de cuatro generaciones de derechos, la perspectiva de construir un Estado plurinacional comunitario y autonómico, la perspectiva de un modelo económico alternativo al extractivismo y a la dependencia, orientado a la soberanía alimentaria y en la perspectiva del vivir bien.

En momentos como estos, de desafío, pero también de violencia estatal, así mismo de convocatoria, se decide la suerte de lo que va venir, del futuro inmediato y del futuro. Debemos defender nuestros derechos conquistados y los derechos de las generaciones futuras. Estamos obligados a luchar, a movilizarnos, a reconducir un proceso, que ha tomado el curso turbulento de profundas contradicciones, y el decurso del peligro hacia desbarrancamiento, pues el gobierno ha optado por el camino de violar la Constitución, olvidar su mandato, restaurar el Estado-nación-liberal y colonial, administrar los intereses de la burguesía intermediaria y de los nuevos ricos, así como los intereses de las empresas trasnacionales en el país. Ha optado por este camino regresivo, colocándose contra el proceso, contra el pueblo y las naciones y pueblos indígenas originarios.